Trámites de aduanas

Disposiciones generales

Los envíos postales están sujetos a un procedimiento simplificado de despacho de aduanas regido principalmente por disposiciones legales y una reglamentación específica. El correo gestionado por La Poste debe cumplir las condiciones generales que exigen determinados documentos de aduanas y las condiciones especiales impuestas por los países de origen (bultos de transporte, etc.) y de destino (limitaciones a la importación, distintos certificados, documentos autorizando al destinatario a beneficiarse de tarifas de aduanas preferenciales).
Para facilitar las operaciones de despacho de aduanas, las declaraciones aduaneras (etiqueta CN 22, formulario CN 23, o el apartado de aduanas del formulario CP 72) se deben cumplimentar lo más cuidadosamente posible.
Específicamente, la declaración de aduanas debe incluir lo siguiente:
- naturaleza del envío, es decir, una descripción detallada del contenido del paquete,
- cuando proceda, el código de tarifa de aduanas,
- el peso neto por cada categoría de mercancía,
- el valor de cada categoría de mercancía, especificando la unidad monetaria,
- el valor total,
- en adjunto, una factura comercial o proforma por duplicado.
Atención: La definición de "regalo" puede variar según las condiciones aduaneras de cada país, que pueden especificar límites a la exención de impuestos según el tipo de mercancía.

Principales artículos prohibidos

Contenido del paquete

Los artículos que se envían por correo deben estar firmemente empaquetados de modo que otros envíos no se puedan perder en su interior. El empaquetado debe adaptarse a la forma, el contenido y las condiciones de transporte.
La Poste prohíbe el envío de contenidos antihigiénicos, peligrosos o prohibidos.
Por motivos de seguridad del tráfico aéreo, determinados artículos de uso habitual, como productos en aerosol o perfumes, están prohibidos en el transporte aéreo.

Lista de artículos prohibidos

Los artículos enviados por La Poste están sujetos a diversos tipos de prohibiciones: las prohibiciones internacionales (ver más abajo), las prohibiciones específicas de los países (que son resultado de las normativas nacionales de importación) y las prohibiciones impuestas por los operadores de correos nacionales (afectando a mercancías legalmente autorizadas para importación pero prohibidas por las normativas postales).
El remitente será considerado responsable del envío que incumpla las normas incluso si La Poste lo aceptase. Los artículos que se relacionan más abajo están prohibidos, independientemente del destino elegido. La Poste no es responsable de la falta de información u omisiones ya que esta lista de mercancías es muy variable:
- Materiales biológicos perecederos, infecciosos o no infecciosos.
- Artículos que debido a su naturaleza o embalaje son peligrosos para los trabajadores de correos o podrían manchar o dañar otros envíos o las instalaciones postales.
- Drogas ilegales o sustancias psicotrópicas.
- Animales vivos; no obstante, abejas, sanguijuelas y gusanos de seda pueden, bajo ciertas estrictas condiciones de embalaje, ser enviados desde Francia por La Poste si su recepción está autorizada por las normativas postales del país de destino.
- Artículos obscenos o inmorales.
- Mercancías falsificadas.
- Productos explosivos, inflamables (alcohol, perfumes, etc.) u otros materiales peligrosos como gases comprimidos (aerosoles, etc.), materiales radiactivos y líquidos corrosivos.
- Joyas, metales preciosos, billetes de banco, acciones al portador, dinero y otros artículos de valor (a no ser que sean enviados por correo certificado con valor declarado).

Las ventas con efecto "bola de nieve", o cualquier otro procedimiento similar consistente en ofrecer mercancías al público sugiriendo la posibilidad de recibir los productos gratis o por una suma inferior a su valor real. Estas ventas exigen la presentación de bonos o cupones a terceros, socios o suscriptores.
El remitente será considerado plenamente responsable de hacer declaraciones aduaneras imprecisas y de no respetar cualquier prohibición o restricción aduanera. Por este motivo, se recomienda encarecidamente solicitar información a los organismos pertinentes (Cámaras de Comercio e Industria, embajadas, consulados, misiones comerciales extranjeras en Francia).

Advertencia

La información postal y de aduanas incluida en la base de datos del país se aplica al correo enviado desde Francia a otros países. Esta información no es válida a nivel internacional y concierne esencialmente al correo (la etiqueta CN 22 y el formulario CN 23 están relacionados exclusivamente con los envíos por correo). Para más información, y porque las exigencias aduaneras cambian con el tiempo, consulta a los agentes aduaneros locales.
Los trámites de aduanas se aplican a paquetes enviados o recibidos de fuera de la Unión Europea que tienen valor comercial. Los documentos con valor de mercado tienen que ser declarados y están sujetos a IVA y a derechos de aduanas: contratos, informes de estudios, material impreso para ser distribuido al destinatario final, pasaportes en blanco enviados por una imprenta a un consulado.
Sin embargo, no es necesario declararlos si están exentos de derechos de aduanas e IVA (material impreso de publicidad o informativo dirigido a clientes, pasaportes dirigidos a su titular, etc.).
Los envíos postales deben cumplir las normativas generales en cuanto a documentos de aduanas conjuntos y las normativas específicas de los países de origen y de destino. Para facilitar los trámites en las operaciones aduaneras, los remitentes deben:
- Cumplimentar con cuidado la declaración de aduanas (etiqueta CN 22, formulario CN 23).
- Adjuntar dos facturas comerciales o proforma. Todos los envíos comerciales deben incluir dos facturas.
- Para mercancías en tránsito a otro país de la UE, se debe adjuntar la etiqueta postal amarilla en la que se puede leer: "marchandises ne remplissant pas les conditions prévues aux articles 9 et 10 du traité instituant la CEE".

Aviso importante

La definición de "regalo" puede variar según las condiciones aduaneras de cada país, que pueden especificar límites a la exención de impuestos según el tipo de mercancía. Algunos países han adoptado disposiciones aduaneras específicas.

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